En un divorcio contencioso, cada cónyuge debe ser asistido por su propio abogado. Las medidas reguladoras del divorcio serán aprobadas por el Juez en una sentencia.
A falta de acuerdo de los cónyuges habrá que acudir al procedimiento judicial de divorcio contencioso. En este tipo de procedimiento se discutirán en el Juzgado aquellas medidas reguladoras del divorcio que finalmente quedarán fijadas en una sentencia.
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A diferencia del divorcio mutuo acuerdo, en este tipo de procedimiento, solo uno de los cónyuges, quien deberá estar representado por abogado y procurador, presentará la demanda. La demanda debe concretar las medidas que se deban adoptar y tendrá que abordar como se liquidará el régimen económico matrimonial, qué pasará con el uso de la vivienda (que normalmente es para el progenitor custodio), etc. En caso de existir hijos menores, también habrá que incluir en la demanda las medidas relativas a la guardia y custodia de los mismos, el régimen de visitas, la pensión de alimentos y la pensión compensatoria, si procede. En esta demanda, también deberán solicitarse las medidas provisionales, si procede, en cuyo caso se celebrará una vista para tratarlas.
Una vez admitida la demanda se dará traslado de la misma al otro cónyuge, que será notificado y dispondrá de 20 días hábiles para contestar, y también necesitará ser asistido de abogado y procurador.
La contestación deberá contener la conformidad o disconformidad con lo solicitado por el demandante, y además deberá incluir las medidas relativas a la guardia y custodia, las pensiones, el régimen de visita, etc. que considere oportunas. Una vez realizada la contestación, se citará a ambos cónyuges para que comparezcan en vista o juicio oral.
En este juicio, al que ambos asistirán acompañados de sus respectivos abogados, se deberán presentar las pruebas que apoyan las peticiones y medidas solicitadas por cada cónyuge. Estas pruebas consistirán sobretodo en documentación aportada por las partes que refleje porqué deben acordarse las medidas que solicita. Entre las más comunes se encuentra la acreditación patrimonial que plasme la situación económica propia o de la otra parte. Es muy común a la hora de solicitar una pensión más alta o bien para pedir que se rebaje la misma.
El Juez, así como el Fiscal, si hay menores, revisarán estas medidas y según su criterio, dará el visto bueno, modificará aquello que crea conveniente y resolverá sobre las medidas que causen confrontación entre ambos cónyuges.
Todas las medidas que se adopten quedarán plasmadas en la sentencia dictada por el Juez, que reconocerá el divorcio y acordará las normas por las que se regirá el mismo.
Este tipo de procedimiento es el más largo, especialmente si concurren hijos menores, pudiendo alargarse hasta un año o más, por lo que siempre es aconsejable intentar negociar y redireccionar el procedimiento a un divorcio mutuo acuerdo.
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